Delitos económicos y organizaciones sin fines de lucro: el desafío de una adecuada gestión de riesgos.

Escrito por Catherine Muñoz

La ley N. 20.393 estableció por vez primera, un sistema de imputación para las personas jurídicas, asumiendo principalmente el modelo de “organización defectuosa” como presupuesto de la responsabilidad penal.

Por su parte, la reciente Ley N. 21.595 que sistematiza los Delitos Económicos y Atentados contra el Medio Ambiente, tiene por objetivo perfeccionar el marco legal existente, modificando el estatuto de responsabilidad penal de personas jurídicas, incluyendo una ampliación relevante del catálogo de delitos, independiente de su estructura legal, esto es, incluyendo las organizaciones sin fines de lucro.

Las organizaciones sin fines de lucro operan en un entorno complejo en el que prevalece el alto riesgo de comisión de delitos como el financiamiento del terrorismo donde GAFI ha centrado sus estándares de prevención, son comunes a nivel global casos de corrupción y estafas. No obstante, dentro de este panorama muchos responsables de este tipo de organizaciones carecen de experiencia en la gestión activa de riesgos constitutivos de delitos, en particular, delitos económicos.

Usualmente, los directivos de organizaciones sin fines de lucro se centran en el desarrollo de su misión y vuelcan todo su esfuerzo en ello, muchos consideran que el desarrollo de su trabajo de buena fe, por sí mismo, genera un cierto escudo contra actos delictivos.

Muchas organizaciones sin fines de lucro, en general gestionando recursos limitados, se enfocan casi exclusivamente en las actividades propias de su misión, por lo que es común pasar por alto operaciones y procesos de alto riesgo delictivo, que pueden generarse por ejemplo en la interacción con empresas, proveedores o los entornos operativos de donaciones u obtención de fondos. Lo anterior hace que este tipo de organizaciones sean más susceptibles a altos riesgos asociados a la comisión de delitos, en particular, delitos económicos, que podrían perfectamente haberse identificado y mitigado con anterioridad con una gestión correcta de compliance y un modelo de prevención de delitos adecuado para este tipo de entidades y el sector de desarrollo, evitando muchas veces perdidas irreparables y truncando grandes proyectos sociales.

Este punto ciego complejiza la gestión de riesgos de las organizaciones sin ánimo de lucro.

Una gestión de riesgos tardía, luego de acaecido un hecho constitutivo de delito económico, además de las evidentes consecuencias legales, crean dificultades organizativas y hacen que las organizaciones pierdan su capacidad de tomar decisiones acertadas y se transforma en una crisis difícil de superar. El tiempo, el personal y los recursos se reorientan a la gestión de crisis, eclipsando otras actividades organizativas y proyectos en desarrollos que se paralizan o fracasan en el camino. Hacer frente a las crisis tiene un alto costo, que incluye importantes sumas de dinero gastadas directamente en responsabilidades penales, indemnizaciones, daños y perjuicios, acuerdos, procedimientos legales, manejo reputaciones, etc.

Fracasos de algunas organizaciones sin ánimo de lucro y sus efectos perjudiciales que han sido hechos noticiosos recientes, han hecho que la conversación en torno al riesgo deje de basarse en la idea de que «eso no puede ocurrir aquí». Es importante que este tipo de entidades tome todas las medidas para un adecuado cumplimiento regulatorio, mitigando sus múltiples fuentes de riesgos porque es muy probable que “eso pueda ocurrir ahí”.

Típicos indicios de riesgos en organizaciones sin fines de lucro.

– No hay supervisión ni control presupuestarios programados con regularidad. Esto significa que no hay controles sobre el gasto ni reconocimiento de déficits y que hay un grave fallo en la gobernanza interna.

– El intercambio de datos sobre actividades, o rendimiento de la organización es limitado, y no se realizan análisis periódicos de incidentes, programas y rendimiento administrativo. Esto significa que la organización no aprende de la experiencia ni corrige errores.

– Comunicación limitada, retroalimentación irregular o ausencia de seguimiento de acciones correctivas. Esto significa que hay poca comprensión compartida o responsabilidad por el logro de los objetivos.

-Presentación tardía de informes fiscales, financieros, de subvenciones o gubernamentales. Esto pone a la organización en peligro de sanciones, revocación de la condición de organización benéfica o no renovación de subvenciones esenciales.

– Elevada rotación de personal o baja productividad. Esta bandera roja sugiere un entorno de trabajo problemático y la prestación de servicios de baja calidad.